Comparto un trabajo realizado hace ya muchos años para un posgrado en el que analizábamos las posibilidades de la implementación de los procesos RAD y la mediación en el ámbito de las informaciones sumarias y sumarios Administrativos docentes en la provincia del Chaco.
Creemos que esta propuesta aún es posible y se puede extender a todo el ámbito de la adminsitración ya que no existe contradicción entre el uso de los MARC y la facultad disciplinaria del estado.
Los números de las leyes pueden haber sufrido modificaciones por el nuevo digesto que rige en la provincia del Chaco.
¿Qué opinan colegas?