Medios de comunicación dan cuenta del pedido del Colegio de Abogados de Tucumán para que la ley de Reforma del Código Procesal Civil y Comercial modifique la obligatoriedad de la mediación previa estableciéndola como instancia voluntaria.
Aducen que “puede afectar el ejercicio de la abogacía en general”, que el 70% de las mediaciones previas sobre daños y perjuicios no han logrado acuerdos, y que ya existen otras instancias de “conciliación” dentro del proceso y que ello crea un “excesivo formalismo ritual” que “alarga y complica” el proceso y que en materia laboral (excluida) ya existe la “conciliación” optativa en sede administrativa.
No se advierte cómo la incorporación de una instancia que puede ser una posibilidad de lograr una solución para el cliente pueda afectar el servicio de abogacía. Si entendemos que nuestros clientes buscan y merecen la mejor solución y en el menor tiempo posible, vemos que nuestro rol es el de asesorar y acompañar a quien tiene un conflicto en el trayecto de su gestión. Los abogados no quedamos “fuera” de la mediación, sino que somos necesarios y nuestro trabajo no se ve afectado sino resignificado teniendo en miras el interés de las partes.
Más allá que el “éxito” de la mediación no está dado sólo por el acuerdo, podemos ver también la otra realidad…. La instancia previa permite que ingresen menos causas en los tribunales y ello contribuye a un mejor servicio. De cada 10 causas por daños y perjuicios … tres no ingresan al tribunal o tienen un trámite contencioso.
Es verdad que existen instancias de conciliación dentro del proceso, aunque sabido es que las mismas sí en ocasiones son meros “formalismos” que sirven para legitimar acuerdos previamente realizados.
En cuanto a las causas laborales, deberían incluirse también dentro de la normativa general de mediación prejudicial obligatoria con la homologación posterior del juez.
La experiencia demuestra que los sistemas de mediación totalmente voluntarios poco aportan para el desarrollo de la misma, por la ausencia de las partes.
Confieso que en los inicios me inclinaba por esa posibilidad, pero hoy veo las grandes limitaciones que tiene un sistema totalmente voluntario como el que se propone en Tucumán y cuenta la provincia del Chaco.
Lo preocupante es que estas medidas, como las que se dieron en otras provincias o la última ley de la Provincia del Chaco implican verdaderos “retrocesos” en el campo de los MARC y afectan el a ACCESO A JUSTICIA.
Quizá sea tiempo de retomar el trabajo con colegas abogados revalorizando el rol que tienen ANTES, DURANTE Y DESPUÉS de la mediación, que ello no afecta ejercicio profesional, sino que aporta una posibilidad más de encontrar una salida a los conflictos que nuestros clientes tienen a diario.
También reconocer que dentro del nuestro rol hoy requerimos habilidades para conocer y analizar los conflictos, contar nuevas herramientas buscar soluciones más efectivas y rápidas.,
Recuerdo en este momento una cita realizada en un trabajo de la gran Maestra Gladys Álvarez, quien retomaba las palabras del Dr. Warren Burger, ex Juez de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos.
“La gente con problemas, lo mismo que la gente con dolor quiere alivio y lo quiere lo más rápido posible y al menor costo posible”
Vemos con preocupación movimientos “pendulares” donde estamos a merced de los vientos de turno más que de verdaderas políticas públicas en la materia.
Mi apoyo a quienes ejercen la mediación en la provincia de Tucumán, que estos intentos de retroceso sean oportunidad para poner en valor el trabajo que realizan, analizar aquellas cuestiones que puedan mejorarse para avanzar y que ello permita consolidar realmente los MARC
Desde este humilde lugar hago votos para que quienes deben decidir en Tucumán sean capaces de fortalecer los avances en este campo ya que la sociedad hoy reclama tener cada vez más opciones al momento de canalizar sus diferencias.
MAGISTER DANIEL MARTINEZ ZAMPA
MEDIADOR-
CHACO
WWW.TODOSOBREMEDIACION.COM.AR